lunes, 29 de noviembre de 2010

Pinolere Informa la Asociación Cultural Pinolere presenta alegaciones al Plan Especial del Paisaje protegido de La Resbala en La Orotava

La Asociación Cultural Pinolere presenta alegaciones al Plan Especial del Paisaje Protegido de La Resbala
El pasado 12 de noviembre nuestra asociación presentó escrito de alegaciones dirigido a la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias reclamando los aprovechamientos tradicionales de la zona como el de las varas de castaño para cestería, latas para pajares, latones para armazones de los pajares, pinocha en monte privado, leñas muertas, etc

La presente alegación quiere dar a conocer la omisión de un sector tradicional que identifica a la población local, como determina el actual paisaje de la zona, que es el de la artesanía; tanto por las limitaciones y prohibiciones que quiere establecer la normativa del Plan Especial, como por la ausencia de datos significativos sobre el territorio que se han omitido en el documento informativo.

En la zona de la Resbala, el sector artesanal ha tenido y tiene mucha importancia para la población local, con repercusiones a nivel regional; especialmente los sectores derivados de la explotación de castaños y subproductos de la laurisilva: cestería, latas, latones, varas, horquetas, chupones, etc.

Es por ello que, nos parece por lo menos sorprendente, que en el documento informativo sólo se cite la existencia de un pajar en la zona, cuando se han inventariado más de 60 por parte de la Asociación Cultural Pinolere, en el año 2005, contando para ello con la colaboración del Cabildo Insular de Tenerife y el Excmo. Ayuntamiento de la Villa de La Orotava.

Además, se cita la presencia de ejemplares de castaño en el Lomo de la Vieja y algunos lugares más. Sin embargo, esta especie arbórea configura gran parte del Paisaje Protegido, de hecho representa una de las mayores bolsas de esta especie en la isla de Tenerife.

En la página 26 del documento informativo, se indica que el único aprovechamiento existente en el Paisaje Protegido es el de pinocha, concretamente en el Monte Consorciado MC 3001. Esta afirmación no es real porque se están realizando en la actualidad, en todo el Paisaje Protegido, aprovechamientos de diversa índole: latas para pajares, leñas en monte privado, castaños para cestería, pinocha en monte privado, etc. Todos estos datos han sido corroborados por Agentes de Medio Ambiente del Cabildo Insular de Tenerife.

Con respecto al documento normativo, entendemos que tiene una serie de carencias y deficiencias graves que se deben corregir con el fin de poder continuar con la labor artesanal que se realiza en la zona y mantener nuestro patrimonio cultural, que ha estado recuperando esta Asociación Cultural y los vecinos de la zona.

No se recoge y regula los aprovechamientos tradicionales de varas de castaño para cestería, latas para pajares, latones para armazones de los pajares, pinocha en monte privado, leñas muertas, etc.; que ya de hecho, se recogen en los aprovechamientos vecinales del Ayuntamiento de La Orotava. Este desconocimiento, tanto en materia de especies, productos forestales, desechos, usos tradicionales, etc. se ve patente en los artículos 28, 30, 33, 34, 36, 43 y 45 del documento normativo.

Los aprovechamientos apícolas forman parte de las actividades tradicionales de la zona, la mayoría se realizan en fincas privadas desde hace generaciones, hecho que se regula como uso no permitido pero “autorizable” (art. 33 y 34), sin mencionar un impacto negativo en el medio natural en el documento informativo previo que justifique tal medida. Los aprovechamientos apícolas suponen una renta complementaria para muchas familias de la zona, que se verían afectadas por esta medida que creemos arbitraria.

La ausencia de menciones al importante número de pajares en la zona (sólo se cita 1), creemos que ha determinado que en el artículo 36 y siguientes (régimen de las edificaciones permitidas), no se citen a los mismos. No se recoja esta tipología constructiva, identidad social, incluso con el fin de poder ser restaurados. Se limita la superficie de edificación a 12 metros cuadrados, lo que imposibilitaría la reforma y mantenimiento de la mayoría de los pajares, cuestión que se hace más difícil si no se autoriza la recopilación de materiales necesarios para reponer techumbres o no se regula adecuadamente tales trabajos (artículo 45).

Con la aprobación de este PLAN ESPECIAL DEL PAISAJE PROTEGIDO DE LA RESBALA, sin tener en cuenta los aprovechamientos reales del territorio, nos será imposible poder continuar con nuestra labor de recuperación y conservación de la artesanía y la cultura popular de esta zona, además de afectar seriamente a las actividades tradicionales que realizan los vecinos y vecinas, lo que perjudica seriamente el desarrollo rural de los barrios afectados.

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